Calendario B2B

Factura electrónica B2B: fechas, obligados y excepciones

La entrada en vigor de una norma y la fecha en que debes aplicar cada obligación son hitos distintos. Este calendario separa emisión, recepción y estados.

Respuesta directa

La Orden HAC/1028/2026 está vigente desde el 6 de octubre de 2026. La obligación de emitir y recibir factura electrónica B2B se aplica desde el 6 de octubre de 2027 a quienes superen 8 millones de euros de volumen de operaciones a efectos del IVA en el año anterior; para el resto, desde el 6 de octubre de 2028. El calendario de estados distingue además la forma jurídica.

Calendario publicado de factura electrónica B2B

ObligaciónGrupoAplicación
Emisión y recepciónVolumen de operaciones superior a 8 millones de euros06/10/2027
Emisión y recepciónResto de empresarios y profesionales06/10/2028
Comunicación de estadosVolumen de operaciones superior a 8 millones de euros06/10/2027
Comunicación de estadosResto de personas jurídicas y entidades, salvo la regla siguiente06/10/2028
Comunicación de estadosResto de personas físicas y entidades en atribución de rentas06/10/2029
Obligaciones de plataformas privadasOperadores de plataformas de intercambio06/10/2027

El umbral se calcula por el volumen de operaciones a efectos del IVA del año natural inmediato anterior. No lo sustituyas automáticamente por las ventas de una tienda o el importe de pedidos sincronizados. Los supuestos de inicio de actividad y cambios de volumen requieren revisar la disposición final cuarta del RD 238/2026.

A quién afecta y qué queda fuera

Se atiende a la obligación de expedir factura y a que el destinatario actúe como empresario o profesional, con la sede, establecimiento permanente o domicilio previsto por el artículo 3 en España. No es una obligación general de convertir todas las ventas a consumidores en facturas B2B. Tampoco un NIF español acredita por sí solo el ámbito completo.

El artículo 4 exceptúa las facturas simplificadas ordinarias, pero conserva dentro del ámbito las simplificadas cualificadas del artículo 7.2 del RD 1619/2012. En canjes y rectificaciones hay que revisar el documento y la operación; no basta el nombre del tipo en el software.

Qué ocurre durante la transición

Durante los primeros doce meses de aplicación a los obligados de mayor volumen, las facturas electrónicas deben acompañarse de un PDF legible, salvo aceptación voluntaria y expresa del destinatario para recibirlas en su formato original. Ese PDF acompaña al documento estructurado; no lo sustituye. Las obligaciones diferidas de estados tampoco convierten el pago parcial en un estado siempre obligatorio.

B2B y VeriFactu tienen calendarios diferentes

A 08/10/2026, el BOE mantiene para los usuarios afectados por el RRSIF los plazos de 01/01/2027 y 01/07/2027. Hacienda ha anunciado su previsión de aplazarlos a octubre de 2028 y de avanzar en la convergencia técnica. El anuncio no modifica por sí mismo esas fechas. Consulta el calendario VeriFactu vigente y anunciado.

La apertura comercial de Factulit es otra decisión: no se calcula a partir de esta tabla. La fecha comunicada de Producción se mantiene en la información de planes y disponibilidad.

Cómo planificar sin anticipar una obligación

Identifica tu grupo, los destinatarios de tus operaciones y las facturas de proveedores. Después asigna responsables de datos, recepción y cobros. Para el contenido técnico, empieza por formatos de factura estructurada y estados y pagos.

Preguntas frecuentes

Respuestas sobre el circuito de factura electrónica B2B.

No: deriva del RD 238/2026 y de la Orden HAC/1028/2026 ya publicada. Debe distinguirse del aplazamiento anunciado de los plazos SIF, pendiente de formalización normativa.
No. Para las personas físicas y entidades en atribución de rentas del grupo de menor volumen, el calendario de estados llega al 6 de octubre de 2029; emisión y recepción tienen su propio plazo.
No. Hay que determinar el ámbito de la operación y las excepciones. El calendario no convierte las ventas B2C ni todas las facturas simplificadas en B2B.

Sigue preparando tu facturación

Alcance actual de Factulit: facturación ecommerce con VeriFactu. La emisión estructurada, la recepción y la interoperabilidad B2B están en estudio; no se ofrecen actualmente como funciones disponibles. Puedes conocer el producto actual en cómo funciona Factulit o consultar tu caso.

Revisión normativa: 08/10/2026. Información general; el encaje de cada operación depende de sus hechos y del ámbito aplicable.

Fuentes oficiales: Ley 18/2022, RD 238/2026, Orden HAC/1028/2026 y calendario B2B de la AEAT. Para SIF: RD 1007/2023 y anuncio de Hacienda de 05/10/2026.

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